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| Fundación Fondo de Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Afines |
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La fundación “Fondo de Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Afines”, que para su identificación podrá usar además las siglas FONPRES-CIV, es una institución sin fines de lucro, apolítica, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad de realizar todos los actos de naturaleza civil o mercantil que sean necesarios o condecentes al cumplimiento de sus fines y se rige por esta Acta Constitutiva- Estatutos y las disposiciones correspondientes del Código Civil. OBJETIVOS La fundación tiene por objeto fundamental procurar el bienestar socioeconómico de los Miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela y de sus familiares inmediatos, asegurándoles por medios idóneos, protección social frente a las eventualidades derivadas de la incapacidad temporal o permanente, parcial o total; de la vejes y de la muerte; para lo cual el fondo creara o patrocinara sistemas, programas o cualquiera otras actividades licitas, encaminadas a facilitar a sus miembros y familiares inmediatos, entre otras: el fomento del ahorra; la protección a la salud; la asistencia medica, odontológica y hospitalaria; fuentes de financiamientos para cursos de post-grado y para la educación de sus familiares inmediatos; consecución de créditos para la adquisición, mejora, ampliación o equipamiento de viviendas; el disfrute de sana recreación y vacaciones, y en general todas aquellas actividades que le permitan cumplir el objetivo y fin de su creación y existencia. Podrá asociarse y promover la constitución y funcionamiento de otras personas jurídicas que coadyuven al mejor desempeño y logro de sus objetivos y fines con la opinión favorable del “Consejo Asesor y de Control” y de la Junta Directiva Nacional del Colegio de Ingenieros de Venezuela y la aprobación de la “Asamblea Nacional de la Fundación”.
La fundación se abocará a crear y/o desarrollar, entre otros sistemas que: - Ofrezcan previsión ante los eventuales riesgos y vicisitudes de las actividades de los Miembros, promoviendo seguros de vida y accidentes;
- Sirvan de protección a la salud promoviendo seguros de hospitalización, cirugía y maternidad y otros sistemas que permitan cubrir los riesgos de enfermedades para los miembros y sus familiares;
- Prevean pensiones de invalidez temporal o permanente, o de vejes para los miembros;
- Establezcan mecanismos de la construcción de viviendas al menor costo posible o la consecución de créditos para: adquisición, mejora, ampliación o equipamiento de viviendas para los miembros;
- Instituyan facilidades de créditos hipotecarios, prendarios, fideyusuarios o de otro tipo para los miembros;
- Establezcan créditos o becas de estudios para los miembros o sus hijos menores de edad;
- Faciliten el establecimiento de otros sistemas o programas que aumenten, en todos los aspectos, la protección socioeconómica de los miembros y sus familiares inmediatos;
- Permitan el sano esparcimiento y el disfrute de descanso y vacaciones a los miembros y sus familiares inmediatos.
Información vía correo< |
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